Un apoderamiento es una habilitación que los ciudadanos pueden otorgar a terceros para actuar en su nombre en determinados trámites o actuaciones por medios electrónicos ante la Administración General del Estado y/o sus organismos públicos vinculados o dependientes.
El Registro Electrónico de Apoderamientos (REA), permite hacer constar las representaciones que los ciudadanos otorguen a terceros para actuar en su nombre de forma electrónica ante la Administración General del Estado y sus organismos públicos vinculados o dependientes
Se le puede otorgar un apoderamiento a cualquier persona física o empresa, aportando en este último caso la razón social y el NIF de la misma y de su representante legal. Y se pueden apoderar todos Los trámites y actuaciones por medios electrónicos que con carácter previo hayan comunicado al Registro los departamentos ministeriales y organismos públicos competentes para su tramitación. Los trámites que se pueden apoderar dependen de las diferentes Administraciones Públicas.
¿Qué puede hacer un ciudadano como poderdante por Internet?
– Crear un apoderamiento para uno o varios trámites
– Consultar sus apoderamientos
– Ampliar la vigencia de sus apoderamientos
– Revocar apoderamientos
¿Qué puede hacer un apoderado por Internet?
– Consultar sus apoderamientos
– Renunciar a apoderamientos
– Confirmar apoderamientos (si los trámites asociados así lo requieren)
El acceso al Registro Electrónico de Apoderamientos requiere de identificación mediante el sistema de autenticación de Cl@ve.
Puede hacer su registro accediendo a: https://sede.administracion.gob.es/apodera/clave.htm
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