¿Qué derechos tienes como inquilino a la hora de firmar un contrato de arrendamiento de una vivienda o local?

  • Derecho a negociar con el propietario las mensualidades del alquiler y la duración del contrato.
    Pese a que se firme un contrato de alquiler de un año, el arrendatario puede dar por terminado el contrato una vez trascurridos 6 meses desde la firma del mismo, siempre que se lo comunique al arrendador con una antelación mínima de treinta días.Además, el contrato de arrendamiento será prorrogable anualmente un mínimo de tres años si el arrendatario lo deseara, con una excepción y es que no procederá la prórroga obligatoria del contrato si, una vez transcurrido el primer año de duración del mismo, el arrendador comunica al arrendatario que tiene necesidad de la vivienda alquilada para destinarla a vivienda permanente para sí o sus familiares en primer grado por consanguinidad o por adopción o para su cónyuge en los supuestos de sentencia firme de separación, divorcio o nulidad matrimonial.
  • El arrendatario tiene derecho a pedir al arrendador la reparación de todos aquellos elementos necesarios para conservar la vivienda en las condiciones de habitabilidad convenidas sin derecho a elevar por ello las mensualidades.
  • Derecho de adquisición preferente de la vivienda, es decir, si el propietario decidiera proceder a la venta de la vivienda alquilada, el arrendatario tiene preferencia frente a terceros para adquirir ese inmueble. Aunque se puede acordar en el contrato excluir este derecho.
  • Derecho a la devolución de la fianza, una vez finalizado el contrato y que la casa o local esté en buenas condiciones y no queden pagos pendientes
  • Deducirse el importe anual del alquiler por vivienda habitual en la declaración de la renta.
  • Si el arrendador tiene previsto llevar a cabo obras de simple mejora, el inquilino estará obligado a soportarlas si estas deben realizarse durante el período de alquiler. El arrendador está obligado a comunicarle a su inquilino, al menos con tres meses de antelación la naturaleza, comienzo, duración y coste previsible.El inquilino tiene derecho a desistir del contrato de alquiler durante el plazo de un mes desde dicha notificación y en este caso el alquiler se extinguirá en el plazo de dos meses a contar desde el desistimiento, durante los cuales no podrán comenzar las obras.El inquilino que soporte las obras tiene derecho a una reducción en la cantidad fijada en concepto de mensualidades en proporción a la parte de la vivienda de la que se vea privado por causa de aquellas, así como la indemnización de los gastos que las obras le obliguen a efectuar.
  • El inquilino tiene derecho a exigirle al arrendador los recibos o prueba escrita del pago de las mensualidades del alquiler.
  • Derecho a denunciar al propietario de la vivienda si este entra en ella sin su permiso.

 

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